El próximo 7 de julio de 2016 finalizará el plazo de caducidad para ejercer la acción de nulidad por la compra de Participaciones Preferentes Caja Madrid 2009 (ahora Bankia). Esto quiere decir que todas aquellas personas que hayan adquirido este producto deberán presentar antes de esta fecha la correspondiente demanda en el Juzgado.
El plazo del que disponen los preferentistas para iniciar la reclamación judicial es de 4 años, a contar desde el momento en que la persona que adquirió el producto se percata de su verdadero alcance, dicho de otro modo, es consciente del error en su consentimiento a la hora de contratar.
En todos estos años y tras multitud de sentencias pronunciándose sobre esta cuestión, el Tribunal Supremo, en su Sentencia 769/2014 de 12 de enero de 2015, estableció finalmente que el cómputo de este plazo de caducidad de 4 años se inicia el día en que el producto deja de dar los beneficios esperados, que en el caso de las Preferentes correspondía con el cobro del tercer cupón del año 2012, en concreto el 7 de julio, y por tanto finaliza el 7 de julio de 2016.
En los últimos tiempos, Bankia ha optado por no recurrir las sentencias de instancia, al encontrarse con resoluciones concluyentes de las Audiencias Provinciales sobre el incumplimiento de sus obligaciones legales a la hora de asesorar y comercializar las preferentes a sus clientes minoristas y la verdadera finalidad de su masiva colocación, que no fue otra que dotar de mayor liquidez a la entidad ante su grave situación patrimonial, ocultando información y transmitiendo una imagen de solvencia que no se correspondía con la realidad.